06 may 2010
La recepción del mecanismo de alerta temprana para el control preventivo de la subsidiariedad a nivel estatal y autonómico. Una aproximación al caso andaluz
Miryam Rodríguez-Izquierdo
Ana Mª Carmona

La recepción del mecanismo de alerta temprana para el control preventivo de la subsidiariedad a nivel estatal y autonómico. Una aproximación al caso andaluz

Documento de trabajo P2010/02

Este documento de trabajo describe y analiza el nuevo procedimiento de control del principio de subsidiariedad en el Tratado de Lisboa y la manera en la que los parlamentos autonómicos pueden participar en el mismo, con especial atención a la actividad que el Parlamento andaluz ha desarrollado al respecto hasta el momento.
La recepción del mecanismo de alerta temprana para el control preventivo de la subsidiariedad a nivel estatal y autonómico. Una aproximación al caso andaluz
Miryam Rodríguez-Izquierdo
Ana Mª Carmona

La subsidiariedad es un concepto que se integra en los Tratados europeos a partir de Maastricht y que se refiere al ejercicio de las competencias compartidas entre la Unión y los Estados miembros. La investigadora de la Universidad de Sevilla, Myriam Rodríguez-Izquierdo, parte en este documento de trabajo del siguiente planteamiento: en los Estados política y territorialmente compuestos, como es el caso español, puede ocurrir que la competencia compartida esté asignada a la Comunidad Autónoma dentro del reparto de competencias que la Constitución y los Estatutos de Autonomía han establecido desde los años ochenta hasta ahora. En ese caso, la decisión sobre si la Unión Europea debe actuar o abstenerse debería tener en cuenta si la Autonomía, en lugar del Estado, está capacitada para conseguir la satisfacción de los objetivos europeos. Como explica la investigadora, el Tratado de Lisboa establece un nuevo intento de convertir la subsidiariedad en un principio operativo y que sirva para discernir hasta qué punto es la Unión y hasta qué punto son los Estados, o las Autonomías, los que deben actuar. Ese nuevo procedimiento, que se ha denominado sistema de “alerta temprana” (early warning system) consiste en un mecanismo de transmisión de información y de diálogo entre la Comisión Europea y los Parlamentos estatales, los cuales tienen la posibilidad de objetar si consideran que la subsidiariedad está siendo vulnerada a través de una propuesta legislativa europea. El documento describe el proceso de implementación de la alerta temprana en el caso de España (Ley 24/2009 de modificación de la Ley 8/1994 de 19 de mayo) y los primeros pasos del Parlamento andaluz para adoptar una regulación para este procedimiento (Acuerdo de la Mesa del Parlamento con la Junta de Portavoces de 18 de noviembre de 2009).

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